El Supremo aclara cómo computar las faltas de trabajo para un despido disciplinario

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El Tribunal Supremo ha establecido cómo deben contabilizarse las faltas al trabajo para que un despido disciplinario se considere justificado. Según el fallo del 19 de diciembre de 2025, el “mes” de faltas debe contarse desde la primera ausencia del empleado, no por meses naturales.

Esto significa que si un trabajador falta varios días repartidos entre dos meses naturales, la empresa puede sumar esas ausencias siempre que estén dentro de un período continuado desde la primera falta.

Por ejemplo, en un caso reciente, una empleada faltó seis días entre el 24 de abril y el 7 de julio. El Convenio Colectivo del sector consideraba falta grave la ausencia injustificada de dos días al mes. Aplicando el criterio del Supremo, el despido fue considerado procedente, ya que las faltas se computaron de fecha a fecha, y no solo por meses naturales.

las empresas pueden justificar despidos disciplinarios por faltas reiteradas incluso si estas no se concentran en un mismo mes natural, siempre que se sumen desde la primera ausencia.

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