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mayo 30, 2025
El Tribunal Supremo ha aclarado una de las principales dudas sobre el complemento a la pensión por maternidad y paternidad: tanto el hombre como la mujer pueden percibir este plus al mismo tiempo, siempre que cumplan los requisitos.
Hasta ahora, la Ley General de la Seguridad Social establecía que este complemento —destinado a compensar el impacto en la carrera laboral por tener hijos— se reconocía a la mujer, salvo que el hombre tuviera una pensión inferior. En ese caso, se le otorgaba a él, retirándoselo a la madre si ya lo disfrutaba.
Sin embargo, la sentencia del Supremo, de 9 de mayo de 2025, cambia este criterio. Según el alto tribunal, restringir este beneficio a un solo progenitor, por razón de sexo o por quién cobre menos, no es igualitario y vulnera los principios de no discriminación.
¿Qué implica esta sentencia?
Que si un progenitor ya tiene concedido el complemento, y después lo solicita el otro, la Seguridad Social deberá reconocerlo a ambos, sin retirar el ya concedido. Este complemento supone 39,5 euros al mes por hijo, hasta un máximo de cuatro.
Este fallo llega tras varias advertencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que en 2019 y nuevamente en mayo de 2025, consideró discriminatorio que se exigieran más requisitos a los hombres para obtenerlo.
El Gobierno ya trabaja en una nueva regulación para adaptar esta ayuda y evitar desigualdades, manteniendo su objetivo de compensar el impacto de la crianza en las carreras profesionales.