Después del primer año de excedencia por cuidado de hijos, el empleado puede reincorporarse a la empresa sin restricciones.

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Según una sentencia del Tribunal Supremo del 26 de abril de 2023, en la que el magistrado Moralo Gallego respalda la doctrina establecida por una sentencia anterior del mismo tribunal del 21 de febrero de 2013, se establece que una trabajadora en excedencia por cuidado de hijos no necesita que haya una vacante en su mismo grupo profesional o categoría equivalente para su reincorporación.

Durante el primer año de excedencia, se garantiza la reserva de su puesto de trabajo, y durante los dos años siguientes, tiene derecho al reingreso sin condiciones, independientemente de la disponibilidad de vacantes en la empresa.

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