Según establece el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña, en sentencia de 25 de marzo de 2022, no es suficiente la mera sospecha de la Agencia Tributaria (Aeat), de que existe fraude para sancionar a un contribuyente.
No puede otorgársele mayor credibilidad que a la posibilidad de que sean ciertas las explicaciones dadas por un contribuyente sancionado, que ha venido declarando pérdidas durante años.
Más información aquí